El Alcalde anuncia que ya está abierto el plazo para solicitar las ayudas para la celebración de fiestas de barrios y parroquias de Monforte

Monforte de Lemos, 16 de julio de 2025. El Alcalde de Monforte, José Tomé Roca, informa que vienen de ser publicadas en el Boletín Oficial de la Provincia de Lugo, las ayudas para la celebración de fiestas de barrios y parroquias del Ayuntamiento monfortino, después de ser aprobado el Plan Estratégico de Subvenciones del Ayuntamiento de Monforte en Junta de Gobierno Local el 20/01/2025. La convocatoria de subvenciones para fiestas de barrios y parroquias fue publicada en el BOP este viernes día 11 de julio, por lo que el plazo de presentación de solicitudes ya está abierto y finalizará el 31 de octubre del presente año.

En este sentido, el regidor monfortino destaca que en este año 2025 desde el Equipo de Gobierno se destinaron 25.000€ para este fin, con la intención de potenciar la celebración de las fiestas de barrios y parroquias de Monforte, con el objetivo de mantener viva una de nuestras tradiciones.

El pasado año, 2024, desde el Equipo de Gobierno, se puso en marcha una iniciativa que consistía en que todas las entidades y asociaciones solicitantes, recibieran un importe de 1.000 euros por anualidad, incrementándose en un 100% las ayudas que se destinaban a las parroquias para la organización de sus fiestas. Este incremento se mantendrá en este año y por lo tanto, todas las parroquias que lo soliciten percibirán la cantidad de 1.000 euros por anualidad para a organizaciones de sus fiestas.

Entre otros requisitos, será imprescindible tener autorización concedida por el Ayuntamiento de Monforte para la celebración de la fiesta para la que se solicite la ayuda, tal y como obliga la Ley de Espectáculos de Galicia.

Requisitos para ser beneficiarios de las ayudas

Podrán solicitar estas subvenciones todas las parroquias y barrios del Ayuntamiento de Monforte de Lemos que promuevan fiestas populares, actuando como representantes los organizadores de las mismas y siempre que justifiquen:

  1. Carácter tradicional de los actos para los que solicita la ayuda.
  2. No ser deudor del Ayuntamiento por cualquier tipo de deuda de derecho público.
  3. No ser deudor con la hacienda pública y con la Seguridad Social.
  4. Declaración responsable en la que consten las subvenciones y/o ayudas solicitadas para la misma finalidad, con expresión de su cuantía, comprometiéndose a comunicarle al Ayuntamiento la concesión de cualquier otra ayuda de Entes públicos o privados.
  5. Declaración responsable de non estar incurso en ningunha das prohibicións para obter a condición de beneficiario das subvencións previstas no art. 13 da Lei 38/2003, do 17 de novembro, Xeral de Subvencións.
  6. Tener autorización concedida por el Ayuntamiento de Monforte para la celebración de la fiesta.  Los servicios administrativos de la Concejalía de Cultura comprobarán, de oficio, esta circunstancia.

Estas subvenciones están sujetas a IRPF si quien la solicita es una persona física, según el Artículo 33 de la LIRPF, como ganancia patrimonial. Los beneficiarios podrán solicitar certificación de la finalidad de la ayuda recibida a los efectos de comunicarlo a la Hacienda Estatal.

Solicitud y documentación a presentar

Con el modelo de solicitud oficial, deberá presentarse la siguiente documentación:

  1. Fotocopia del CIF en el caso de personas jurídicas y del NIF en el caso de personas físicas. En caso de que se trate de una agrupación de personas o comisión de fiestas deberán hacer constar el nombre de todos los miembros y acompañarán el DNI de cada uno de ellos. Deberá nombrarse un representante o apoderado único de la agrupación, con poder bastantes para cumplir los deberes que, como beneficiario, corresponden a la agrupación.
  2. Memoria explicativa detallada del programa de actividades realizado o que se pretende realizar, con especificación de la fecha, lugar de realización, responsables del desarrollo de la actividad, objetivo y fines concretos la que se destinarán los fondos.
  3. Datos bancarios de la cuenta a la que se podrá transferir el importe de la subvención, debidamente certificada por la entidad bancaria.
  4. Declaración responsable de la entidad o agrupación solicitante en el que consten las subvenciones y/o ayudas solicitadas para la misma finalidad, con expresión de su cuantía, comprometiéndose a comunicarle al Ayuntamiento la concesión de cualquier otra ayuda de Entes públicos o privados.
  5. Declaración responsable de no estar incurso en las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario.
  6. Declaración responsable de no ser deudor a la Hacienda Estatal y Autonómica, ni a la Seguridad Social.
  7. Cualquier otro documento que  se considere de interés para la mejor evaluación de la subvención.

La instancia con la restante documentación solicitando la subvención, podrá presentarse en el Registro General del Ayuntamiento, así como por Sede electrónica.

 Bases 2025

 Publicación en el BOP