Monforte de Lemos, 15 de junio de 2025. El Alcalde de Monforte, José Tomé Roca, informa de la aprobación, este lunes, de las bases de una nueva convocatoria de ayudas dirigida a las asociaciones culturales, lúdicas, recreativas o formativas inscritas en el registro municipal de asociaciones. El objeto es apoyar la realización de actividades durante el actual ejercicio 2026.
La Junta de Gobierno de este lunes, 15 de junio, dio luz verde a las bases de la convocatoria, de forma que las solicitudes podrán presentarse por Sede electrónica al día siguiente de la publicación del extracto en el Boletín Oficial de la Provincia y durante un plazo de 15 días hábiles. La cuantía total destinada a estas ayudas es de 15.000€.
Tal y como recogen las bases, la finalidad de esta convocatoria es apoyar e incentivar las actividades desarrolladas por entidades y asociaciones culturales, lúdicas, recreativas o formativas sin ánimo de lucro en el municipio de Monforte de Lemos que se encuentren inscritas en el registro de asociaciones, para las actividades a desarrollar en el ejercicio 2026.
La intención de estas ayudas, indica el Alcalde, José Tomé, “es fomentar que las asociaciones culturales y lúdicas puedan desarrollar actividades de interés y potenciar de este modo las iniciativas que puedan surgir desde los distintos ámbitos de la sociedad que tengan como fin difundir, promover, conservar e impulsar manifestaciones culturales de todo tipo”.
Con este fin, las bases aprobadas tienen por objeto regular el procedimiento de la convocatoria para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva y contribuir a la financiación de programas, proyectos o actividades culturales, lúdicas, recreativas o formativas llevadas a cabo por entidades y asociaciones sin ánimo de lucro en el Ayuntamiento de Monforte de Lemos en el ejercicio 2026.
Asimismo, no serán subvencionables los gastos de reforma y acondicionamiento de locales, vestuario, actividades con ánimo de lucro o cualquier otro gasto no relacionado con el proyecto presentado. Asimismo quedan excluidas de esta convocatoria las ayudas a fiestas patronales, actividades deportivas, comidas y eventos religiosos.
El importe de cada subvención no podrá superar los 1.000 euros, ni el 70% del importe subvencionable. Asimismo, las ayudas tendrán carácter único y no acumulativo, y no podrán superar el costo de la actividad a desarrollar por el beneficiario.
Requisitos para ser beneficiarios de las ayudas
Podrán solicitar las subvenciones de esta convocatoria las asociaciones legalmente constituidas que desarrollen actividades de interés general para el municipio, ya sean de carácter cultural, vecinal, popular, profesional, lúdico o recreativo, que teniendo domicilio social, sede o representación en el Ayuntamiento de Monforte de Lemos, cumplan los siguientes requisitos:
- Carecer de ánimo de lucro.
- Estar debidamente inscrita en el Registro Municipal de Asociaciones del Ayuntamiento de Monforte de Lemos en el momento de presentar la solicitud.
- No ser deudor con el Ayuntamiento por cualquier tipo de deuda de derecho público.
- No ser deudor con la hacienda estatal o autonómica y estar al corriente de las obligaciones con la Seguridad Social.
- No estar incurso en prohibición para obtener la condición de beneficiario de subvenciones públicas
- Haber justificado debidamente las subvenciones municipales recibidas con anterioridad en los términos que se fijasen en las correspondientes convocatorias.
Quedan excluidas las asociaciones y entidades deportivas y aquellas entidades de iniciativa social debidamente autorizadas para la prestación de servicios sociales en el ámbito de los servicios sociales y de la inclusión social, y las que reciban en el ejercicio subvenciones de carácter nominativo del Ayuntamiento de Monforte de Lemos para las mismas actividades.
Solicitud y documentación a presentar
Una vez publicada la convocatoria en el BOP, podrán presentarse las solicitudes, que deberán ir acompañadas de la siguiente documentación (las bases y formularios se publicarán en la página web del Ayuntamiento):
- Solicitud según Anexo I de las presentes bases.
- NIF en vigor de la persona física que actúen en representación a presentar con el Anexo II.
- Memoria explicativa detallada del programa de actividades que se pretenden realizar durante el 2026 con especificación de la fecha, lugar de realización, responsables del desarrollo de la actividad, objetivo y fines concretos a que se destinarán los fondos, de acuerdo con el baremo que figura en el artículo 7 de estas bases. Anexo III
- Presupuesto de ingresos y gastos de la actividad con expresión de las ayudas solicitadas o concedidas por parte de otros organismos públicos o privados. Anexo IV
- Datos bancarios de la cuenta a la que se transferirá el importe de la subvención, debidamente certificada por la entidad bancaria o certificado de la titularidad. Según Anexo V de Registro de Terceros.
- Declaración responsable de la entidad solicitante en el que conste las subvenciones y/o ayudas solicitadas para la misma finalidad, con expresión de su cuantía, comprometiéndose a comunicarle al Ayuntamiento la concesión de cualquier otra ayuda de Entes públicos o privados. Anexo VI.
- Declaración responsable de no estar incurso en las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario y de no ser deudor a la Hacienda Estatal y Autonómica, ni a la Seguridad Social. Anexo VII.