Monforte de Lemos, 23 de junio de 2026. El Alcalde de Monforte, José Tomé Roca, informa que vienen de ser publicadas en el Boletín Oficial de la Provincia de Lugo, las ayudas para las asociaciones culturales, lúdicas, recreativas o formativas inscritas en el registro municipal de asociaciones con el fin de la realización de actividades.
UNA NOVEDAD A TENER EN CUENTA PARA LOS INTERESADOS, ES LA OBLIGATORIEDAD DE HACER LA SOLICITUD ÚNICAMENTE A TRAVÉS DE LA SEDE ELECTRÓNICA.
José Tomé Roca, subraya que se mantiene el presupuesto del año 2025 después de aumentarlo un 20% mÁS del total que se venía destinando en pasadas ediciones a este concepto.
El objetivo a alcanzar es incentivar las iniciativas culturales que puedan surgir desde las asociaciones culturales, lúdicas, recreativas o formativas, sin ánimo de lucro, de Monforte.
La convocatoria fue publicada en el BOP ayer, lunes 22 de junio, por el que el plazo de presentación de solicitudes ya está abierto y finalizará el día 14 de julio del presente año.
En este sentido, el regidor monfortino destaca que en este año 2026 desde el Equipo de Gobierno se destinan 15.000€ para este fin, concediéndose una única ayuda que no podrá superar los 1.000 euros ni el 70% de la inversión subvencionable por cada anualidad. La intención es fomentar que las asociaciones culturales y lúdicas celebren actividades culturales de interés y potenciar de este modo las iniciativas que puedan surgir desde los distintos ámbitos de la sociedad que tengan como fin difundir, promover, conservar e impulsar manifestaciones culturales de todo tipo.
Requisitos para ser beneficiarios de las ayudas
Podrán solicitar estas subvenciones todas las asociaciones legalmente constituidas que desarrollen actividades de interés general para el municipio, ya sean de carácter cultural, vecinal, popular, profesional, lúdico o recreativo, que cumplan los siguientes requisitos:
- Carecer de ánimo de lucro.
- Estar debidamente inscrita en el Registro Municipal de Asociaciones del Ayuntamiento de Monforte de Lemos en el momento de presentar la solicitud.
- No ser deudor con el Ayuntamiento por cualquier tipo de deuda de derecho público (será comprobado de oficio por lla administración).
- No ser deudor con la hacienda estatal o autonómica y estar al corriente de las obligaciones con la Seguridad Social.
- No estar incurso en prohibición para obtener la condición de beneficiario de subvenciones públicas
- Haber justificado debidamente las subvenciones municipales recibidas con anterioridad en los términos que se fijasen en las correspondientes convocatorias.
Quedan excluidas las asociaciones y Entidades Deportivas y aquellas entidades de iniciativa social debidamente autorizadas para la prestación de servicios sociales en el ámbito de los servicios sociales y de la inclusión social, y las que reciban en el ejercicio subvenciones de carácter nominativo del Ayuntamiento de Monforte de Lemos para las mismas actividades.
Solicitud y documentación a presentar
Con el modelo de solicitud oficial, deberá presentarse la siguiente documentación:
- Solicitud segundo Anexo I de las presentes bases.
- NIF en vigor de la persona física que actúe en representación a presentar con el Anexo II.
- Memoria explicativa detallada del programa de actividades que se pretenden realizar durante el 2026 con especificación de la fecha, lugar de realización, responsables del desenvolvimiento de la actividad, objetivo y fines concretos a que se destinarán los fondos, de acuerdo con el baremo que figura en el artículo 7 de estas bases. Anexo III
- Presupuesto de ingresos y gastos de la actividad con expresión de las ayudas solicitadas o concedidas por parte de otros organismos públicos o privados. Anexo IV
- Datos bancarios de la cuenta a la que se transferirá el importe de la subvención, debidamente certificada por la entidad bancaria o certificado de la titularidad. Anexo V de Registro de Terceros.
- Declaración responsable de la entidad solicitante en la que conste las subvenciones y/o ayudas solicitadas para la misma finalidad, con expresión de su cuantía, comprometiéndose a comunicarle al Ayuntamiento la concesión de cualquier otra ayuda de Entes públicos o privados. Anexo VI.
- Declaración responsable de no estar incurso en las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario y de no ser deudor a la Hacienda Estatal y Autonómica, ni a la Seguridad Social. Anexo VII.
La instancia con la restante documentación solicitando la subvención, se presentará electrónicamente según el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en cualquiera de las formas previstas en el artículo 16.4 de la misma Ley.