El Alcalde informa de la apertura de una nueva convocatoria de ayudas para sufragar el gasto energético en los hogares de personas vulnerables

Monforte de Lemos, 16 de febrero de 2026. El Alcalde de Monforte, José Tomé Roca, informa de la aprobación de las bases reguladoras de la convocatoria de concesión de ayudas económicas para mejorar la eficiencia energética en los hogares de personas en situación de riesgo y/o exclusión social durante el año 2026. El regidor dio cuenta de esta iniciativa al finalizar la Junta de Gobierno Local celebrada hoy. “Este Alcalde, y este Equipo de Gobierno, no quiere que a ninguna familia de nuestro Ayuntamiento le falte el calor en su hogar”, apunta el regidor.

Esta convocatoria forma parte del Programa de Mejora de la Eficiencia Energética y la cuantía prevista asciende a 25.000€. El objetivo de las ayudas, explica el regidor, “es apoyar a las familias del municipio de Monforte más vulnerables y que presentan dificultades económicas para afrontar los gastos energéticos, especialmente en un tiempo en el que el importe de la factura energética, tanto de electricidad como de gas, se ha incrementado considerablemente”.

Esta línea de ayudas está destinada a paliar situaciones transitorias de necesidad social relacionadas con el pago de suministros básicos de energía eléctrica, gas, gasoil calefacción y otras fuentes de energía de la vivienda de las personas y/o familias que se encuentren en una situación de vulnerabilidad social y que tengan su residencia en el ámbito municipal de Monforte de Lemos. “La energía es una necesidad básica y por eso queremos contribuir desde el Equipo de Gobierno a minimizar las dificultades económicas de las familias vecinas que más lo necesitan”, indica el Alcalde.

El plazo de presentación de solicitudes se abrirá en las próximas jornadas, concretamente, al día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Lugo y estará abierta hasta el 18 de diciembre de 2026.

Gastos financiables

Tal y como recogen las bases aprobadas, los gastos financiables a través de estas ayudas corresponderán a la vivienda habitual del solicitante. Atendiendo a su finalidad podrán ser los siguientes:

  • Ayudas para hacer frente a las facturas de electricidad que estén pendientes de pago en la fecha de la solicitud.
  • Ayudas para hacer frente a las facturas de gas natural pendientes de pago en la fecha de la solicitud.
  • Ayudas para hacer frente al gasto de suministro de gasoil para calefacción y/o agua caliente.
  • Ayudas para el suministro de gas butano para electrodomésticos de cocina, calentador y otra equipación básica de la vivienda para la misma finalidad.
  • Ayudas para otras fuentes de energía, previa valoración técnica de los servicios sociales.
  • Ayudas para hacer frente a las facturas de instalación/reparación de calderas o adquisición de otras equipaciones que constituyan una fuente de energía tales como calentadores, estufas… y que estén pendientes de pago en la fecha de solicitud.

 

En el caso de las ayudas para gas natural/gasoil destinadas al mantenimiento del servicio de calefacción, se atenderán las solicitudes presentadas en los meses correspondientes a la temporada de frío.

Asimismo, podrán ser objeto de las ayudas los costes ocasionados para restablecer los suministros en el caso en que se produjera el corte de estas.

Personas beneficiarias

Podrán solicitar esta ayudas las personas o unidades de convivencia residentes en el Ayuntamiento de Monforte de Lemos que los Servicios Sociales valoren que se encuentran en situación o riesgo de exclusión social que cumplan los requisitos de acceso establecidos en el punto 5º y las condiciones reguladas en estas bases.

Se considera situación de riesgo de exclusión social aquella provocada por la ausencia o insuficiencia de recursos económicos para afrontar las necesidades básicas de la unidad familiar y, en su caso, la concurrencia de otros factores que ponderados por los servicios sociales comunitarios condicionen negativa y/o gravemente la inclusión social.

Asimismo, se considera unidad de convivencia el conjunto de personas que viven en el mismo domicilio. La determinación de los miembros de la unidad de convivencia se realizará atendiendo a la situación existente en el momento de la solicitud y teniendo en cuenta los datos que figuren en el padrón municipal.

Requisitos

Podrán solicitar y ser beneficiarias de estas ayudas aquellas personas o unidades de convivencia que reúnan los siguientes requisitos:

  • Ser mayor de edad o menor emancipado con menores a cargo.
  • Que el solicitante y la unidad familiar independiente solicitante estén empadronados y tengan residencia efectiva en el término municipal de Monforte de Lemos con una antigüedad mínima e ininterrumpida de 6 meses. Excepcionalmente, atendiendo las circunstancias sociales del caso, se podrá eximir del período mínimo de residencia según valoración técnica de los servicios sociales.
  • Acreditar la situación de necesidad social por la que demanda la ayuda originada por la insuficiencia de ingresos para afrontar los gastos derivados de la situación que justifica la solicitud de ayuda.
  • Ser el titular del contrato del suministro eléctrico o gas natural y que esté vigente en la fecha de presentación de la solicitud. En el caso de ser titular de un contrato de arrendamiento, ser el pagador de la correspondiente factura de suministro de la vivienda y no tener con la persona arrendadora de la vivienda alquilada relación conyugal o de parentesco hasta el 3º grado ni constituir con aquel unión estable y de convivencia con análoga relación de afectividad conyugal.
  • En el caso de suministros eléctricos y gas natural que tengan facturas impagadas.

 

Cuantía y límite de la ayuda

La cuantía de las ayudas se determinará en función del tipo de ayuda y de la valoración social realizada por la trabajadora social de referencia de la persona solicitante y con el límite que se establece a continuación:

 

TIPO AYUDA

LÍMITE DE LA AYUDA

1-Energía eléctrica

Hasta un máximo de 250€/año

2-Gas natural

Hasta un máximo de 250€/año

3-Gasoil

Hasta un máximo de 500€/año

4-Gas butano

Hasta un máximo de 150€/año

5-Otras fuentes de energía

Hasta un máximo de 300€/año

6- Instalación/Reparación de calderas y equipamiento básico (calentador de agua, estufas...)

Hasta un máximo de 500€/año

 

 

Presentación de solicitudes
Las solicitudes de ayuda se cubrirán a través del formulario normalizado accesible desde la sede electrónica del Ayuntamiento (https://sede.monfortedelemos.es) y se presentará preferentemente por vía electrónica. Opcionalmente, las personas interesadas podrán presentar las solicitudes presencialmente en soporte papel en el modelo normalizado en el Registro General del Ayuntamiento o en el existente en el Centro de Servicios Sociales comunitarios o en cualquiera de las formas previstas en la normativa reguladora del procedimiento administrativo.