Monforte de Lemos, 8 de junio de 2026. El Alcalde de Monforte, José Tomé Roca, viene de anunciar que tras la publicación el pasado sábado, 6 de junio, en el Boletín Oficial de la Provincia de Lugo del extracto de las bases de la convocatoria de ayudas para la adquisición de libros de texto y material escolar complementario para el curso escolar 2026/2027, todos los interesados en solicitarlas, están en disposición de poder hacerlo desde este lunes, 8 de junio. El plazo finaliza el próximo 6 de julio.
Para la financiación de estas subvenciones, desde el Ayuntamiento se destina un crédito máximo de 35.000 euros después de que el Alcalde decidiese incrementar 5.000 euros más respecto del año anterior, “con el objetivo de apoyar a las familias con menor renta per cápita del municipio de Monforte, que presentan mayores dificultades económicas para afrontar este gasto al inicio del curso escolar”, destaca el Alcalde.
Tal y como recogen las bases, esta convocatoria tiene por objeto regular la concesión de ayudas para la adquisición de libros de texto y material escolar complementario destinadas al alumnado empadronado en el Ayuntamiento de Monforte y escolarizado para el curso 2026 /2027 en educación infantil (3-5 años), educación primaria, educación secundaria obligatoria o educación especial en alguno de los centros docentes públicos o concertados existentes en el municipio.
Las ayudas tienen como finalidad apoyar a las familias con menor renta per cápita del municipio que presenta dificultades económicas para afrontar el gasto que supone el objeto de la ayuda.
Personas beneficiarias
Para ser beneficiario/a de esta ayuda es preciso cumplir los siguientes requisitos en la fecha de finalización del plazo de presentación de las solicitudes:
1. Ser padre, madre, tutor/a o persona encargada de la guardia y custodia del alumno/a que en el año escolar de la convocatoria correspondiente vayan a cursar estudios en las etapas educativas de enseñanza indicadas en esta convocatoria, en cualquier centro docente, público o concertado, del Ayuntamiento de Monforte de Lemos.
2. Que la renta per cápita de la unidad familiar no supere el 70% IPREM mensual para el año 2026 (420 €/mes) en cómputo anual 12 pagas (5.040€ año por persona). Para determinar la renta per cápita se tomará la renta de la unidad familiar y se dividirá por el número de miembros de dicha unidad como a continuación se especifica:
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Nº miembros unidad familiar |
Ingresos netos mensuales |
Ingresos anuales |
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2 |
840 |
10.080 |
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3 |
1.260 |
15.120 |
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4 |
1.680 |
20.160 |
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5 |
2.100 |
25.200 |
No se computarán los ingresos siguientes:
- Prestaciones económicas en aplicación de la ley de dependencia
- La ayuda económica para víctimas de violencia de género regulada en el RD 1452/2005, de 2 de diciembre.
3. Que la persona solicitante así como los y las menores beneficiarios de la misma, se encuentren empadronados y residan efectivamente en el Ayuntamiento de Monforte de Lemos en el momento de presentación de la solicitud.
4. Que la persona solicitante esté al día en el pago de las obligaciones tributarias municipales.
5. No estar incurso en las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario, recogidas en el artículo 10 de la Ley 9/2007, de 13 de junio de subvenciones de Galicia y en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
La cuantía máxima de las ayudas es la siguiente:
- 75€ para Educación Infantil por cada alumno/a.
- 100€ para Educación Primaria por cada alumno/a.
- 120€ para Educación Secundaria Obligatoria por alumno/a.
- 150€ para alumnado matriculado en un centro de educación especial o que reciban medidas de apoyo a la diversidad desde los centros educativos ordinarios o con una discapacidad superior o igual al 65% .
Renta per cápita
A los efectos de estas bases, se entiende por renta per cápita familiar la resultante de dividir la renta de la unidad familiar del ejercicio fiscal 2024 entre el número de miembros computables. En caso de que en la unidad familiar concurra, al menos en uno de sus miembros, alguna de las siguientes circunstancias: discapacidad igual o superior al 33%, reconocimiento de la situación de dependencia o situación de violencia de género, se incrementará en una unidad el número de miembros computables, con independencia del número de personas que se encuentren en estas situaciones.
La renta familiar se obtendrá por agregación de las rentas de cada uno de los miembros computables que obtengan ingresos de cualquier naturaleza, de conformidad con la normativa reguladora del impuesto sobre la renta de las personas físicas.
Los miembros de la unidad familiar que presentaran la declaración del impuesto sobre la renta de las personas físicas en el ejercicio fiscal 2024, a los efectos de los cálculos de la renta familiar se sumarán los recuadros base imponible general (recuadro 435) y la base imponible de ahorro(recuadro 460) de la declaración.
En el caso de no presentar declaración del impuesto sobre la renta de 2024 se tendrán en cuenta los ingresos netos mensuales de todos los miembros computables de la unidad familiar según lo establecido en la base 8ª.
No obstante, cuando las circunstancias económicas actuales no sean coincidentes con la cuantía de la declaración del IRPF en el momento de la presentación de la solicitud de la ayuda, se tendrán en cuenta estas últimas, siempre que se justifiquen documentalmente, para el cálculo de la renta per cápita.
Presentación de solicitudes
La solicitud se formalizará en el formulario normalizado que figura como anexo I en las bases y que está disponible en las oficinas del Centro de Servicios Sociales Municipales emplazado en el Paseo del Malecón s/n.
La solicitud y documentación se presentará en el Registro de los Servicios Sociales Comunitarios Básicos emplazado en la secretaría del Centro Cívico Social, en el Paseo del Malecón s/n; en el Registro General del Ayuntamiento, en O Campo de San Antonio s/n ; o a través de la sede electrónica municipal (www.sede.monfortedelemos.es).
Información en la página web del Ayuntamiento.